Aprende cómo se contabiliza una nómina con embargo, tanto las cuentas contables que se emplean como  la estructura del asiento contable.

 

¿Qué es una nómina con embargo? 

 

Estamos ante una nómina con embargo cuando la empresa recibe una notificación del Juzgado o de la Administración en la que se le comunica la obligación de detraer del sueldo de un determinado trabajador una cantidad concreta de dinero que tendrá que ingresar a favor del Tesoro Público en el número de cuenta que se le facilite.

La empresa, por tanto, pagará de menos ese importe al trabajador y lo transferirá a las arcas del estado.

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El embargo de sueldos es un mecanismo implantado para cobrar deudas del empleado que se han reconocido judicialmente o que mantiene con organismos oficiales.

 

Cómo se contabiliza una nómina con embargo 

 

Cuentas contables 

 

Las cuentas contables que intervienen en este tipo de asientos son las mismas que se utilizan para contabilizar la nómina normal (aparecen en la estructura que vemos a continuación).

La particularidad reside en que en el apunte hay que reflejar la cantidad descontada en una cuenta específica. El plan no contiene ninguna especialmente referida a este concepto por lo que habrá que crear una al efecto.

Nosotros entendemos que debería ser una cuenta de 4 dígitos dentro de la 475 Hacienda pública acreedora por conceptos fiscales, por ejemplo:

4755 Hacienda pública acreedora por cantidades embargadas.

Pero cualquier otra podría ser válida siempre que se trate de una cuenta de pasivo y que refleje una deuda con entidades públicas.

 

Estructura del asiento 

 

La estructura del asiento contable de una nómina con embargo sería:

 

Sueldo bruto

(640) Sueldos y salarios a (476) Organismos de la seguridad social acreedores Seguridad social que corresponde al trabajador

a

(4751) H.P. Acreedora por retenciones practicadas Retención I.R.P.F.
a (4755) H.P. Acreedora por cantidades embargadas

Importe del embargo

a (57) (465) Tesorería o Remuneraciones pendientes de pago

Importe a percibir por el trabajador

 

Y por el pago del embargo:

 

Importe del embargo

(4755) H.P. Acreedora por cantidades embargadas a (572) Bancos

Importe del embargo

 

Ejemplo 

 

La empresa recibe notificación del Juzgado por la que se le comunica el embargo de 400 euros mensuales en la nómina del único trabajador que tiene. El embargo tiene una duración de 6 meses y la cantidad detraída deberá ingresarla en la cuenta corriente que se le facilita dentro de los primeros 20 días del mes siguiente.

La nómina, que se paga por banco, es igual todos los meses:

  • Sueldo bruto:  2.000 euros
  • Seguridad social del trabajador:  210 euros
  • Retención de IRPF: 350 euros

1.- Asiento de cada una de la nómina de los 6 meses que dura el embargo:

 

2.000

(640) Sueldos y salarios a (476) Organismos de la seguridad social acreedores 210

a

(4751) H.P. Acreedora por retenciones practicadas 350
a (4755) H.P. Acreedora por cantidades embargadas

400

a (572) Bancos

1.040

 

2.- Por el pago del embargo:

 

400

(4755) H.P. Acreedora por cantidades embargadas a (572) Bancos

400

Y hasta aquí este artículo sobre cómo se contabiliza una nómina con embargo. Espero que ya puedas hacerlo sin problema.

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